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CENSO DEL OVINO Y DEL PORCINO 2024

La fecha límite para realizar los censos de ovino y porcino es el próximo 29 de febrero.

En los censos de ovino, además de DECLARAR el número de animales, es obligatorio la identificación individual de los reproductores (nº crotal). Estos animales declarados serán tomados por la administración, a partir del 30 de abril, como listado original de referencia en la explotación.  

Únicamente sobre los animales que aparezcan en estos censos, podrá el ganadero realizar todas las gestiones propias del manejo de estos animales. (guías de traslado, ventas, vacunaciones…) 

Esta obligación se especifica en el artículo 12.4.c que entró en vigor en el Decreto 50/2021, de 26 de mayo, de Desarrollo y Aplicación de determinados aspectos sobre la identificación, registro y trazabilidad de los animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina y equina en la Comunidad Autónoma de Extremadura

Agrogestión, se compromete a realizar estas comunicaciones, y tambien se ofrece para la correcta cumplimentación y actualización de los Libro de Registro de Ovino, apoyándonos en herramientas electrónicas y en nuestro equipo de profesionales técnicos.

Todas estas obligaciones, son requisito para que los ganaderos opten a las subvenciones de la PAC 2024.